8 nuevos casos que evitan el pago del recargo de IBI por vivienda en Barakaldo a partir de enero

En respuesta a las demandas de los vecinos
En respuesta a las demandas de los vecinos
La medida fue puesta en marcha en 2018 con el objetivo de favorecer el alquiler y el acceso a una primera vivienda
8 nuevos casos que evitan el pago del recargo de IBI por vivienda en Barakaldo a partir de enero

El Ayuntamiento de Barakaldo aplicará a partir de enero cerca de una decena de nuevos casos en los que la ciudadanía no deberá abonar el recargo del IBI por vivienda vacía. Esta medida, puesta en marcha en 2018, se aplica en más de 2.600 recibos, muchos de los cuales durante el próximo año podrán ver cómo quedan exentos del pago, siempre y cuando cumplan con los nuevos casos recogidos en la Ordenanza de Impuestos, Tasa y Precios Públicos aprobada el pasado mes de octubre en Barakaldo.

“Desde la puesta en marcha de esta medida, que tiene como objetivo impulsar el alquiler de las viviendas vacías, hemos detectado diferentes casuísticas a través de nuestros vecinos y vecinas y creíamos que era necesario incorporarlas en la ordenanza para que la medida sea lo más justa posible”, ha indicado Danel Sola, concejal de Hacienda en el Ayuntamiento.

Estas son los ocho nuevos casos que evitarán el cobro del recargo por vivienda vacía:

1- Personas con grado de dependencia que dejan su vivienda vacía para vivir con un familiar que les cuida.

2- Persona que se traslada a vivir con un familiar dependiente para cuidarle en su casa.

3- Pisos que hayan estado ocupados o alquilados durante al menos 185 días al año.

4- Pisos que se han quedado deshabitados porque están en un edificio que esta siendo objeto de una rehabilitación equiparable a obra nueva, y aquellas viviendas que acrediten que están realizando una reforma a la fecha de devengo.

5- Pisos que forman parte de una herencia contarán con un plazo de 2 años para realizar la transmisión, ampliable hasta 5 años cuando por ausencia de testamento sea necesaria una declaración de herederos.

6 -Viviendas que han sido objeto de transmisión durante el ejercicio anterior a la fecha de devengo.

7 - Viviendas destinadas a uso comercial, profesional o sedes de asociaciones políticas, sindicales o sin ánimo de lucro.

8 - A personas mayores de 70 años no dependientes.

Estas medidas se unen a las establecidas en un primer momento en la normativa que son:

-Formar parte de un programa de alquiler del Gobierno vasco (Alokabide)

-Contar con la vivienda alquilada con fecha anterior al 1 de enero de 2017

-Encontrarse desplazado de Barakaldo por motivos laborales

-Estar viviendo en una residencia de ancianos

-Ser pensionista con rentas inferiores a los 1.100 euros

Estas nuevas medidas estarán en vigor con la entrada del nuevo año y, por lo tanto, serán aplicables a los recibos del IBI del próximo 2020.

Para ayudar en la mayor medida de lo posible a las personas que en los últimos años han recibido este recargo, el Ayuntamiento va a poner en marcha una campaña informativa con el envío de cartas explicativas a los hogares. “Es importante que los y las barakaldeses estén bien informados sobre las nuevas excepciones para que sepan si les corresponde o no abonar este impuesto”, ha resaltado Sola. El primer año más 440 personas pudieron demostrar que estaban sujetos a estas excepciones, y durante este 2019, 500 recibos quedarán sujetos a la exención.

Además, las personas que se adhieran a cualquier programa de alquiler público, no solo no abonará el recargo del IBI sino que contará con una bonificación del 50% en el recibo del IBI.