Las empresas barakaldesas ya puedes solicitar las ayudas por la contratación de personas desempleadas

Las empresas barakaldesas ya puedes solicitar las ayudas por contratación de personas desempleadas
Las empresas barakaldesas ya puedes solicitar las ayudas por contratación de personas desempleadas

Los contratos deben ser indefinidos y con una jornada mínima del 50% y el plazo de solicitud se extenderá hasta el 28 de febrero a las 14:00 horas

Las empresas barakaldesas ya puedes solicitar las ayudas por la contratación de personas desempleadas

Ya se pueden pedir las ayudas dirigidas a las empresas y entidades que hayan contratado a barakaldeses y barakaldesas en situación de desempleo y el plazo de solicitud se extenderá hasta el 28 de febrero a las 14:00 horas.

Más concretamente, las ayudas van dirigidas a las empresas y entidades de Barakaldo que, entre el 2 de marzo y el 15 de agosto de 2022, hayan contratado personas empadronadas en el municipio que se encuentren desempleadas, inscritas y de alta como demandantes de empleo en Lanbide como mínimo, el día anterior al inicio de contrato. Se otorgarán una serie de puntos para valorar la cuantía de la subvención. En el caso de empate y de que haya más solicitudes que ayudas, se concederá a la compañía que la haya pedido antes.

Otra novedad es que las empresas y entidades interesadas deben pedir las ayudas a través de la sede electrónica de la página web municipal. Las personas autónomas también pueden solicitarlas online, aunque tienen la posibilidad además de tramitarlas presencialmente en Inguralde.

CREACIÓN NETA DE EMPLEO

Además de que los contratos sean indefinidos a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50% de la jornada, hay otras novedades en las ayudas para favorecer la estabilidad en los trabajadores y trabajadoras. “Por ejemplo, las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de la persona cuyo contrato se subvencione”, ha relatado Juan Antonio Pizarro.

La extinción de los contratos de trabajo en los primeros doce meses conllevará además la pérdida del derecho a subvención.

La ayuda supondrá un 75% de los costes hasta un máximo de 8.000€ anuales por cada contrato de trabajo a jornada completa. En el caso de contratación a tiempo parcial la subvención será proporcional a la jornada trabajada. En el supuesto de contratación de personas perceptoras, titulares o beneficiarias de la RGI, menores de 35 años, paradas de larga duración, o mayores de 55 años, el importe será del 100% de los costes hasta un máximo de 10.000€ anuales. Estas cantidades se incrementarán en un 10% en los casos en que la persona contratada sea mujer.